EVOLUCIÓN DEL ANTISEMITISMO 

EN LA CORONA DE CASTILLA

 

Por: Álvaro López Asensio

Página web: www. alopezasen.com

 

 

Desde Fernando I (1037-1065) los monarcas castellano-leoneses se esforzaron por mantener la tradicional política proteccionista hacia la minoría hebrea, lo que no significa que, desde el punto de vista jurídico-legal, no se vislumbre ya, desde finales del siglo XI, algunas señales que anuncian un cierto cambio de actitud también por parte de las autoridades centrales, ya claramente perceptible desde mediados del siglo XII, y de forma mucho más evidente a lo largo del XIII.

 

Como consecuencia de la expansión territorial de los primeros reyes castellanos durante el siglo XII, se consolidó una armonización de las relaciones judeo-cristianas debido a la necesaria colaboración de toda la población para repoblar y vertebrar el territorio conquistado a los musulmanes. Los fueros y primeras cartas-pueblas concedidas por los monarcas tendrán como objetivo fijar población, y regular la autonomía político-administrativa-judicial de ciertas poblaciones con comunidades hebreas.

 

Estas buenas relaciones se mantuvieron hasta la primera mitad del siglo XIII, cuando el antijudaísmo fue poco a poco ganando posiciones en la sociedad castellana. Los primeros códigos legales de Alfonso X el sabio son una clara expresión de la realidad que ya se estaba viviendo, a mediados de esa centuria, en las ciudades con presencia judía.

 

Este continuo y progresivo incremento del sentimiento antijudío se plasmó en las cortes generales. De las treinta y cinco sesiones de cortes celebradas en Castilla, entre los años 1258-1351, en veinticinco de ellas se trataron quejas contra los judíos por parte de los procuradores de las ciudades. Los asuntos tratados de forma más habitual se refieren al ejercicio por parte de los judíos de oficios y cargos públicos (especialmente arrendadores y recaudadores de los tributos reales), sobre los contratos de préstamo con interés abusivo (usura), de los privilegios de los judíos en materia judicial, de su derecho a la posición y compra-venta de bienes inmuebles y agrícolas, de su insistente separación espacial[1] y de la necesidad de llevar distintivos como medida segregacionista y diferenciación personal y social.

 

A esto habría que añadir la postura iniciática de los primeros concilios universales de la Iglesia, como el IV de Letrán, que inspiraron las medidas antijudías aprobadas después por las diócesis castellanas en sus sínodos y concilios provinciales (como el concilio de Zamora de 1313), con el objetivo de marginar a los judíos y generar -entre los cristianos- una propaganda de rechazo y animadversión a hacia el Pueblo de Israel.

 

Desde mediados del siglo XIV, diversos factores asociados a la crisis económica (crisis agraria, alza de precios, devaluación monetaria), la disminución demográfica debido a las epidemias de peste, la conflictividad social y la fuerte inestabilidad política con la guerra dinástica entre Pedro I y Enrique de Trastámara, contribuyeron a que el antijudaísmo entrara en una nueva fase de manifestaciones violentas (físicas y legislativas) contra los judíos.

 

Esta violencia se plasmó en las persecuciones y matanzas que, en el año 1391, padecieron los judíos de Sevilla a instancias del Arcediano de Écija y, después, en otras muchas juderías castellanas. Estos conflictos fueron el resultado de un odio que se había ya configurado a lo largo de un siglo y medio, y que se desarrollará de manera virulenta en los primeros decenios del XV.

 

El fenómeno de las conversiones alcanzó su momento álgido con las predicaciones de fray Vicente Ferrer a los judíos castellanos entre 1411-1412 (a instancias del papa Benedicto XIII y en connivencia con la regente Catalina de Lancaster). El número de bautismos fue alto pero insuficiente, por eso el papa y fray Vicente consiguieron que la regente aprobara el “Ordenamiento de Valladolid”, una legislación contra los judíos que, aunque no se aplicó en su totalidad, sin embargo, sirvió de propaganda para que hubiera conversiones masivas. Fruto de esta estrategia, surgió el problema converso durante todo el siglo XV.

 

El período comprendido entre 1419-1449 se caracterizó por la ausencia de turbulencias contra los judíos y de aumento de las tensiones provocadas por el auge de los conversos. Su acceso a los oficios públicos de responsabilidad, su entrada en las carreras eclesiásticas y nombramientos dignatarios, los roces entre diversos grupos de élites urbanas[2], precipitaron la antipatía social y la animadversión hacia los conversos en muchas ciudades de Castilla a mediados del siglo XV.

 

La etapa que comprende desde 1449 (revuelta de Toledo) a 1474 (coronada la reina Isabel) se caracterizó por la abundancia de tumultos y sublevaciones populares contra los judíos y conversos en las principales ciudades del reino.

 

Durante los primeros años del reinado de Isabel y Fernando (década de los 70 del siglo XV) seguía latente el antijudaísmo entre el pueblo llano. Los reyes frenaron algunas revueltas de las ciudades y autoridades municipales contra los judíos y conversos. En muchas ocasiones son los propios reyes quienes los protegen de los ataques de ira y acciones hostiles. Pero esta aparente política pacificadora fue, en ocasiones, engañosa, pues en numerosas ocasiones tomaron decisiones antijudías en las cortes generales por las presiones de la nobleza y los procuradores de las ciudades.

 

En la década de los ochenta del XV, la separación espacial de los judíos estaba totalmente consolidada para salvaguardar sus personas y bienes. Pero las ciudades se excedieron en sus atribuciones al plantear medidas maximalistas contra los judíos, sin que las órdenes de los reyes fueran tomadas en consideración.

 

En el año 1478 se implantó la “Inquisición Monarca” en Castilla a instancias de la reina Isabel. A principios de la década de 1480, el Santo Oficio era consciente de que, para erradicar la herejía conversa, había que suprimir el judaísmo. Para ello, el Inquisidor General de Sevilla, Miguel de Morillo, ordenó el 1 de enero de 1483 la expulsión de los judíos de las diócesis de Sevilla, Cádiz y Córdoba y, en la práctica, de toda Andalucía. El Consejo Real ratificó la orden ampliando el plazo del proceso expulsorio seis meses más.

 

En el año 1490, la Inquisición encontró en el caso del Santo Niño de la Guardia un instrumento eficaz para mentalizar sobre el problema judeo-converso y reconsiderar la expulsión de todos los judíos de la Corona castellana.

 

La expulsión se veía como algo inevitable en 1492.  El antijudaísmo se relacionó con la idea de raza, y los conversos serán el sustituto racial perfecto de los hebreos, pues siendo ya cristianos mantenían los ritos y ceremonias judaicas. Su vida judaizante, además de la conquista de Granada y los ingresos que ello suponía para la Corona, será determinante para su expulsión.


[1] CANTERA MONTENEGRO, E.; “Los judíos de Castilla ante el cambio de dinastía” en Memoria y civilización 22, Universidad de Navarra, 2019, p. 152.

[1] MARQUEZ VILLANUEVA, f.; “De la España judeoconversa. Doce estudios” (Col. Trabajos anteriores), Barcelona, Bellaterra, 2006, pp. 137-174.

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